viernes, 19 de agosto de 2016

DIGEIM firma Convenio de Cooperación Mutua con la Dirección Distrital 08D01 Esmeraldas - Educación




En la ciudad de Esmeraldas, a los once días del mes de agosto, la Directora Distrital 08D01 Esmeraldas – Educación, Dra. Magaly Ramírez, firmó el Convenio de Cooperación Mutua con la Dirección General de Intereses Marítimos “DIGEIM”, representada por su Director General y personal de la Unidad de Apoyo al Desarrollo Marítimo de Esmeraldas.

El objetivo principal de este convenio es establecer vínculos de cooperación interinstitucional para la implementación del Proyecto Guardianes del Mar y de los Intereses Marítimos “PROGIM” en Instituciones Educativas dentro del cantón Esmeraldas, que a través de herramientas educativas, vivenciales, sociales y culturales buscan fomentar en los niños y jóvenes la Conciencia Marítima y promover la conservación y el uso sustentable de los recursos marino costeros y fluviales.

En base a sus competencias, la DIGEIM y la Distrital 08D01 Esmeraldas- Educación deciden aunar esfuerzos con el fin de fortalecer las acciones de capacitación y asistencia técnica para la implementación del PROGIM (2006), en la provincia de Esmeraldas, los mismos que son ejecutados por la DIGEIM con el objetivo de proporcionar a las futuras generaciones diferentes medios, formas, conocimientos, experiencias e información que permitan la comprensión de la estructura e importancia del medio ambiente marino costero y fluvial,  para que al final sean los portavoces de acciones que puedan garantizar el uso sostenible de los recursos naturales hacia las comunidades costeras.


La Directora Distrital 08D01 Esmeraldas – Educación, manifestó su agrado por la firma de este convenio, reiterando el compromiso de continuar apoyando en la formación de profesionales y en el fomento y fortalecimiento de la Conciencia Marítima en la comunidad esmeraldeña.

La firma de este convenio tendrá una duración de un año, contado a partir de la suscripción del mismo, y se prorrogará automáticamente por el mismo periodo, a menos que alguna de las Partes exprese lo contrario, mediante aviso formal por escrito con sesenta días de anticipación al vencimiento del periodo correspondiente. 

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